Sentencia del Tribunal Supremo 5037/2015 de 23/11/2015
(rec. 4091/2013), por la que se mantiene la jurisprudencia del Tribunal
Constitucional y del Tribunal Supremo anteriores a la Ley General Tributaria
del 2003, reiterando con rotundidad lo que ya sostenía el TS en su sentencia 8015/2009 (rec. 4089/2003), de
20/07/2009, de que el servicio de suministro y distribución de agua potable,
debe ser objeto de una tasa (art. 20.4.t) LHL).
Recurso interpuesto por la Comunidad Autónoma de Canarias
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